Solicitud de licencia de obra o reforma
Trámites Generales Programa PREELa Solicitud de Licencia de Obras o Reformas es un trámite administrativo obligatorio para la ejecución de trabajos de construcción, rehabilitación o modificación en inmuebles. A través de este procedimiento, el solicitante obtiene la autorización del ayuntamiento o entidad competente para garantizar que la obra cumple con la normativa urbanística y de seguridad vigente. Dependiendo del tipo de intervención, se podrá requerir una licencia de obra mayor o menor.
Este trámite se realiza a través de la sede digital, donde el usuario deberá completar el formulario con la información de la obra y adjuntar la documentación técnica necesaria.
Requisitos
Para tramitar la Solicitud de Licencia de Obras o Reformas, el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser el titular del inmueble o contar con autorización del propietario para realizar la obra.
- Cumplir con la normativa urbanística vigente en el municipio donde se realizará la intervención.
- Presentar un proyecto técnico visado, en caso de tratarse de una obra mayor o que lo requiera la legislación.
- Abonar las tasas municipales correspondientes, cuyo importe dependerá de la naturaleza de la obra.
- Disponer de un arquitecto o técnico competente en caso de que la obra requiera dirección facultativa.
- Acreditar la titularidad del inmueble, mediante escritura de propiedad o contrato de arrendamiento con autorización expresa.
Preguntas y respuestas frecuentes
El plazo de resolución varía según el tipo de obra y el municipio. Para obras menores, suele tardar entre 15 y 30 días. En el caso de obras mayores, el plazo puede extenderse hasta varios meses.
Las obras menores son aquellas que no afectan la estructura del edificio, como reformas interiores o cambios en la distribución. Las obras mayores implican modificaciones estructurales, ampliaciones o nuevas construcciones.
Sí, para las obras mayores es obligatorio presentar un proyecto técnico visado por un arquitecto o ingeniero. Para obras menores, se pueden requerir planos y memorias descriptivas.
Ejecutar obras sin la licencia correspondiente puede acarrear sanciones económicas, órdenes de paralización o incluso la obligación de demoler la construcción no autorizada.
Puedes consultar el estado de tu solicitud accediendo a la sede digital del ayuntamiento con tu número de expediente y certificado digital.
Normativa
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Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana
Regula los principios básicos del urbanismo y la edificación
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Código Técnico de la Edificación (CTE)
Normativa que establece los requisitos básicos de calidad y seguridad en la construcción
Documentos
Formas de tramitación
La tramitación de la Solicitud de Licencia de Obras o Reformas se puede realizar de forma telemática a través de la sede digital del ayuntamiento correspondiente. Este proceso permite a los ciudadanos y empresas gestionar su solicitud de manera rápida y segura, sin necesidad de desplazarse físicamente.
Pasos para la tramitación online:
- Acceder a la sede electrónica del ayuntamiento donde se encuentra el inmueble.
- Identificarse con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
- Rellenar el formulario de solicitud, proporcionando la siguiente información:
- Datos del solicitante (nombre, apellidos, DNI/NIE/CIF, contacto).
- Dirección del inmueble y referencia catastral.
- Tipo y descripción de la obra a realizar.
- Superficie afectada y presupuesto estimado.
- Plazo de ejecución y técnico responsable (si aplica).
- Adjuntar la documentación requerida, que puede incluir:
- Escritura de propiedad o autorización del titular.
- Presupuesto detallado.
- Justificante de pago de tasas municipales.
- Firmar electrónicamente la solicitud y enviarla.
- Recibir acuse de recibo, con el número de expediente para su seguimiento.
Seguimiento y resolución
El estado de la solicitud se puede consultar en la sede electrónica, accediendo con el número de expediente y los datos de identificación. Si se requiere documentación adicional, el solicitante será notificado a través del portal o por correo electrónico.
Una vez aprobada, la licencia será enviada digitalmente y deberá mantenerse accesible en la obra para posibles inspecciones.
Dirigido a: Personas físicas Personas jurídicas Empresas
Silencio administrativo: Positivo
¿Fin a la vía administrativa?: No
Última actualización: 24/02/2025
Órgano gestor
Gobierno de Infofuturo
C/ Anselmo Solar 41, , 33204, Gijón
984 11 05 58